El Ente Regulador de Servicios Públicos dio a conocer los requisitos para acceder al beneficio.
Tras conocerse las subas de los precios estacionales en el servicio de energía eléctrica, dispuestas por el Gobierno nacional por resolución 6/2016 del Ministerio de Energía y Minería, recién ayer se informó que está en vigencia el período para postularse como beneficiario de la tarifa social.
Todos los usuarios que tienen un consumo menor a 10 kilovatios de potencia, o inferior a los 150 kwh, entran en la grilla de consumidores finales que pueden hacer la solicitud. ‡
Sin embargo, conforme a lo dispuesto por el Ente Regulador de Servicios Públicos de Salta (Enresp), además se deben reunir otros requisitos.
El Ente construye la requisitoria en función de criterios elaborados por el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación. Esa repartición se ampara en ciertas determinaciones que la resolución 6/2016 postula en sus considerandos. En la normativa puede leerse que la tarifa social está destinada a "usuarios finales con ingresos insuficientes para atender sus necesidades básicas".
Entre los destinatarios que podrán solicitar la tarifa social se encuentran los desempleados, los jubilados y pensionados, quienes formen parte como destinatarios de algún programa social, quienes tengan ingresos mensuales menores a la suma de dos salarios mínimos vitales y móviles, es decir, ingresos por debajo de los $12.120.
Los interesados deberán completar un formulario de declaración jurada que puede descargarse de la web del Ente (entereguladorsalta.gov.ar), pero también puede ser solicitada de forma personal en las oficinas de Mitre 1231 o en las instalaciones de Edesa. Una vez completado el documento, se deberá presentarlo en Mitre 1231, adjuntando la documentación probatoria de lo que se consigna en el formulario.
Fondos nacionales
Los fondos para sostener estas tarifas sociales serán provenientes de las arcas de la hacienda nacional.
Dice la citada resolución, fechada el 25 de enero último: "La diferencia entre el precio estacional sancionado mediante la presente y el precio destinado a integrar la tarifa social a usuarios finales con ingresos insuficientes para atender sus necesidades básicas, será solventada con recursos del Estado nacional".
Conforme a lo que el Ente informó a El Tribuno hace algunas semanas, en 2015 fueron 9 mil los usuarios que se anotaron en el régimen de tarifa social.
Este medio requirió dialogar con el presidente del organismo, Jorge Figueroa Garzón, para consultarle las expectativas para este año, pero el funcionario no respondió.
¿Quiénes pueden tenerla?
Todas aquellas personas que demuestren, vía certificado de Anses u organismos provinciales, que son beneficiarios de programas sociales.
Los jubilados y pensionados que perciban haberes mensuales menores a dos veces la jubilación mínima nacional: $8.598,12.
Aquellos que estén inscriptos en monotributo social, pero que no sean propietarios de autos con una antigüedad de menos de quince años.
Los que se encuentren desempleados y las personas con alguna discapacidad, siempre y cuando no sean propietarios de aeronaves.
Los inscriptos en el régimen especial de seguridad social para empleados del servicio doméstico que no tengan embarcaciones de lujo.
¿Cuáles son los requisitos?
Fotocopia de la primera y segunda página del DNI de todos los que habitan en la vivienda de cada catastro registrado como usuario final.
Fotocopia de la última factura de luz del titular del servicio. En caso de no ser el titular, presentar también autorización escrita firmada por él.
Fotocopia de escritura del inmueble, boleto de compra venta, o alguna constancia: de posesión, de adjudicación o de catastro.
Si dentro del grupo familiar hay integrantes escolarizados en los niveles primario y secundario, presentar certificados de alumno regular.
Fotocopia de recibo de sueldo, tanto para trabajadores como para jubilados. Además, adjuntar toda la documentación probatoria.
Falta un aumento de 9,64%
Se trata una adecuación tarifaria aprobada a mediados de 2015. La suba de los precios ya es notoria. Según estimaron desde Edesa y el Enresp, el aumento rondó el 40%. Ese incremento se desprendía de la disposición nacional que adoptó el Ministerio de Energía y Minería, y que solo influía en un tipo de concepto: los precios estacionales.
Pero, paralelamente, los salteños han sufrido una suba aún mayor y que aún no terminó. Sucede que luego del recambio de gobierno en la Casa Rosada se suspendió el Plan de Convergencia de Tarifas Eléctricas, al que la provincia adscribía desde 2014 y que implicaba el congelamiento de los precios para los usuarios finales.
En esos dos años que el consumidor minorista no padeció incrementos en el precio de la luz pero la empresa Edesa siguió tramitando sus solicitudes de aumento ante el Ente. Este último, por resolución 430/15, autorizó una suba de 19,38% correspondiente a 2014, y otra de 19,38% por 2015.
Suspendido el Plan de Convergencia, en diciembre de 2015 se materializó la primera suba de 19,38%. La segunda se decidió desdoblarla para atenuar el impacto y se subió 9,64% en enero último. Aún no se informó cuándo se aumentará el otro 9,64%.
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